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Real Decreto 218/2005

Información sobre el Real Decreto 218/2005


La Junta de Andalucía aprobó un Decreto relativo a las normas que rigen la información que debe proporcionarse a los posibles consumidores de propiedades de venta y alquiler situadas en Andalucía. Las normas que se detallan en el Real Decreto 218/2005 tienen como objetivo lograr una mayor transparencia dentro del mercado inmobiliario en Andalucía al ofrecer y proporcionar un paquete de información que brinde una descripción más completa de la propiedad en cuestión.


Esta es una actualización de la ley introducida en 1989 destinada a proteger a los consumidores con respecto a documentos e información adicional que se proporcionará al comprar y alquilar una propiedad. Debido a ciertos defectos e insuficiencias dentro del Real Decreto 515/1989 se hicieron nuevas reglamentaciones para la Comunidad Autónoma de Andalucía. Estas nuevas normas deben respetarse sin perjuicio de mantener los preceptos básicos establecidos a nivel nacional en toda España.


Para información sobre el consumidor Sitio web del Decreto Junta de Andalucía

Además de esta documentación, nosotros (o su representante legal) también debemos preparar un documento informativo (DIA) que proporcione una visión general de la información relativa a la propiedad de manera transparente, que esté disponible para un posible comprador. Gran parte de esta información se deriva de los trámites enumerados anteriormente y se requiere información adicional, por ej. Descripción general de la propiedad, etc. También podemos requerir información adicional según el tipo de propiedad que venda.


Haga clic en los enlaces de arriba y seleccione su tipo de propiedad de acuerdo con su situación y asegúrese de proporcionar toda la documentación necesaria que se aplica a su propiedad.


Si pudiera proporcionarnos los documentos enumerados anteriormente a la brevedad, sería lo más apreciado. La falta de presentación de la documentación antes mencionada debe resultar en el abandono de la promoción de su propiedad hasta que la recibamos, y por lo tanto puede completar el DIA. Esto es por supuesto desafortunado y lo haríamos de mala gana y lamentablemente, sin embargo, esta es la ley y para que podamos operar dentro de su capacidad, debemos cumplir con estas leyes o estar sujetos a sanciones.


 Cita: "Si los consumidores en el Reino Unido, por ejemplo, se volvieran más conscientes de estas nuevas prácticas y regulaciones, la percepción del público sobre el mercado inmobiliario aquí en la Costa del Sol podría cambiar para mejor". Boja218