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Canal Ético/Denuncias

PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN INTERNA DEL CANAL DE DENUNCIAS

DE RMB SPAIN INMOBILIARIA
Titular: ANA MARÍN BUCHANAN (trabajadora autónoma)

FECHA: 22-12-2025

Las denuncias pueden enviarse de forma confidencial por correo electrónico a: asesoria@rodriguezparis.es
Las denuncias pueden enviarse de forma anónima.

 


ÍNDICE

  1. Introducción
  2. Definiciones
  3. Ámbito de aplicación
  4. Gestión del Canal Ético o de denuncias
  5. Principios reguladores del Canal Ético
  6. Recepción de comunicaciones
  7. Sistema de gestión de denuncias
  8. Proceso de tramitación de las comunicaciones recibidas
  9. Protección de datos de carácter personal
  10. Compromisos de la Función de Cumplimiento
  11. Relación con otros procedimientos vigentes
  12. Declaración de cumplimiento
  13. Aprobación, entrada en vigor y actualización

1. INTRODUCCIÓN

RMB SPAIN INMOBILIARIA, desarrollada por ANA MARÍN BUCHANAN en régimen de trabajadora autónoma, tiene implantado un Código Ético o de denuncias en el que se establecen los principios éticos y de actuación con los que se compromete en el desarrollo de su actividad profesional y empresarial.

Con la voluntad de dar una adecuada respuesta ante cualquier duda, discrepancia o irregularidad en el cumplimiento de dicho Código, así como para colaborar en la vigilancia del cumplimiento del conjunto de las normas aplicables a la actividad desarrollada, se activa este Canal Ético o de denuncias como cauce de comunicación y conocimiento, a través del procedimiento que se regula en este documento.

El Canal Ético es un medio de comunicación confidencial y transparente para que tantos colaboradores, proveedores, clientes y otras partes interesadas puedan informar de comportamientos que puedan suponer alguna irregularidad o un acto contrario a la legalidad o a las normas de comportamiento del Código Ético y demás normativa aplicable.

Su finalidad es establecer los mecanismos necesarios para comunicar y gestionar de manera temprana cualquier cuestión relacionada con el alcance, cumplimiento o interpretación de la normativa aplicable, así como aquellos comportamientos de los que pudiera derivarse una responsabilidad legal.


2. DEFINICIONES

A los efectos del presente procedimiento, se establecen las siguientes definiciones:

  • Comunicación: Manifestación realizada a través del Canal Ético que puede consistir en una consulta o una denuncia.
  • Consulta: Comunicación mediante la cual se solicita aclaración o criterio sobre la normativa aplicable.
  • Denuncia: Comunicación relativa a un posible incumplimiento normativo.
  • Denunciado: Persona física o jurídica a la que se le atribuye un presunto incumplimiento.
  • Informante: Persona física o jurídica que realiza una comunicación a través del Canal Ético.
  • Incumplimiento: Acción u omisión que suponga infracción de la normativa aplicable o del Código Ético.
  • **Responsable del Sistema Interno de Información: Persona responsable de la supervisión y correcto funcionamiento del Canal Ético, función que recae en ANA MARÍN BUCHANAN, como titular de la actividad de RMB SPAIN INMOBILIARIA.
  • Socios de Negocio: Personas físicas o jurídicas con las que se mantiene una relación profesional o comercial.
  • Tercero: Persona física o jurídica ajena a la actividad, pero relacionada con ella.

3. ÁMBITO DE APLICACIÓN

El presente Canal de Denuncias se establece para que cualquier persona que mantenga o haya mantenido una relación profesional o comercial con RMB SPAIN INMOBILIARIA pueda comunicar dudas, sugerencias, posibles conductas irregulares o incumplimientos normativos.

El canal tendrá carácter confidencial y podrá utilizarse de forma anónima.

El acceso al Canal Ético deberá ser visible y accesible a través de la página web profesional o, en su defecto, mediante comunicación directa.


4. GESTIÓN DEL CANAL ÉTICO O DE DENUNCIAS

El Canal Ético podrá estar alojado en una plataforma externa que garantice la confidencialidad, integridad y seguridad de la información, permitiendo incluso la presentación de comunicaciones anónimas.

La gestión del Canal Ético corresponde a la titular de la actividad, quien podrá apoyarse en colaboradores externos especializados cuando resulte necesario, garantizando en todo caso la confidencialidad de la información.


5. PRINCIPIOS REGULADORES DEL CANAL ÉTICO

  1. Buena fe: Las comunicaciones deberán realizarse de buena fe.
  2. Confidencialidad: Se garantizará la confidencialidad de la identidad del informante.
  3. Ausencia de represalias: No se permitirá ningún tipo de represalia contra el informante.
  4. Uso responsable: No se admitirán denuncias falsas o realizadas de mala fe.

6. RECEPCIÓN DE COMUNICACIONES A la atención de: ANA MARÍN BUCHANAN

Las comunicaciones podrán realizarse a través de los siguientes medios

  • Correo electrónico: info@rmbspain.com
  • Website: www.RMBSpain.com
  • Vía Telefónica: 678347125
  • Dirección Postal: CALLE HOSPITAL 2, EL PINAR DE BÉDAR, 04288 (ALMERÍA)

7. SISTEMA DE GESTIÓN DE DENUNCIAS

El sistema de gestión comprenderá el registro, archivo y custodia segura de las comunicaciones recibidas, adoptando las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la confidencialidad y el cumplimiento de la normativa de protección de datos.


8. PROCESO DE TRAMITACIÓN DE LAS COMUNICACIONES

El procedimiento constará de las siguientes fases:

  1. Recepción de la comunicación.
  2. Análisis preliminar.
  3. Admisión o inadmisión.
  4. Registro.
  5. Acuse de recibo (cuando sea posible).
  6. Investigación de los hechos.
  7. Resolución.
  8. Comunicación del resultado.
  9. Cierre del expediente.

El plazo máximo de resolución será de tres meses, ampliable en casos de especial complejidad hasta un máximo de otros tres meses adicionales.


9. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

Los datos personales tratados a través del Canal Ético serán tratados conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018.

La finalidad del tratamiento será la gestión e investigación de las comunicaciones recibidas.

Los datos se conservarán únicamente durante el tiempo necesario para cumplir con dicha finalidad y las obligaciones legales aplicables.

Los interesados podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad mediante solicitud escrita.


10. COMPROMISOS DE LA FUNCIÓN DE CUMPLIMIENTO

La responsable del sistema interno de información actuará con diligencia, objetividad, independencia y confidencialidad, absteniéndose de intervenir en caso de conflicto de interés.


11. RELACIÓN CON OTROS PROCEDIMIENTOS

El presente Canal Ético no interfiere con otros procedimientos legales o contractuales que pudieran resultar de aplicación.


12. DECLARACIÓN DE CUMPLIMIENTO

El cumplimiento de este Procedimiento es obligatorio para todas las personas comprendidas en su ámbito de aplicación.

RMB SPAIN INMOBILIARIA adoptará las medidas necesarias ante cualquier incumplimiento detectado.


13. APROBACIÓN, ENTRADA EN VIGOR Y ACTUALIZACIÓN

El presente Procedimiento ha sido aprobado por ANA MARÍN BUCHANAN, como titular de la actividad de RMB SPAIN INMOBILIARIA, el 22-12-2025, y entra en vigor en dicha fecha.

Será objeto de revisión periódica, al menos con carácter anual, o cuando se produzcan cambios normativos relevantes.